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Procedimiento técnico–administrativo mediante el cual la municipalidad competente revisa y valida técnicamente los planos de un predio elaborados por un profesional habilitado, verificando que la información técnica coincida con el catastro y la normativa urbana vigente.
Una vez conformes, los planos reciben el sello y firma municipal, otorgándoles validez para ser utilizados en trámites municipales, registrales ante SUNARP y gestiones de servicios básicos.
¿En qué consiste la visación de planos ?
La visación comprende una evaluación técnica y catastral donde la municipalidad verifica aspectos como:
- Concordancia del área, linderos y medidas perimétricas.
- Ubicación correcta del predio dentro de la jurisdicción municipal.
- Compatibilidad con la información catastral existente.
- Cumplimiento de la zonificación y normativa urbana aplicable.
Una vez conformes, los planos reciben el sello y firma de la municipalidad, otorgándoles validez administrativa.
Un correcto enfoque técnico permite reducir el riesgo de observaciones y facilita el uso de los planos en los procedimientos correspondientes.
Los Requisitos comunes para la visación de planos en la municipalidad
Los requisitos pueden variar según la municipalidad, pero generalmente incluyen:
- Solicitud dirigida a la municipalidad o al área competente.
- Planos perimétricos y de ubicación, elaborados y firmados por profesional colegiado y habilitado.
- Memoria descriptiva del predio.
- Copia del documento que acredite propiedad o posesión, según corresponda.
- Copia del DNI del solicitante.
- Pago de derechos administrativos.
- Información catastral previa o código catastral, en zonas catastradas.
¿Para qué se utiliza la Visación de Planos ?
La Visación de Planos puede ser requerida en distintos procedimientos municipales, registrales, judiciales y de servicios públicos.
1. Trámites municipales
- Certificados o constancias municipales.
- Procedimientos de regularización.
- Trámites vinculados al catastro municipal.
- Evaluación de compatibilidad física del predio.
- Procedimientos relacionados con parámetros urbanísticos, cuando corresponda.
2. Servicios Públicos
La visación de planos también puede ser solicitada para gestiones ante empresas prestadoras de servicios, como:
• Instalación o regularización de agua potable y alcantarillado.
• Conexión o regularización de energía eléctrica.
• Acreditación de ubicación y delimitación del predio.
• Sustento técnico para solicitudes de factibilidad o instalación de servicios.
En estos casos, los planos visados ayudan a identificar correctamente el predio, su ubicación y sus límites.
3. Visación de Planos ante SUNARP o Poder Judicial
Los planos y memorias descriptivas visadas pueden ser utilizados en procedimientos registrales o judiciales, según lo exija la normativa aplicable o la entidad correspondiente.
Entre los principales casos se encuentran:
- Prescripción adquisitiva de dominio.
- Título supletorio.
- Inmatriculación de predios.
- Independización de predio urbano.
- Subdivisión de predios.
- Acumulación de predios.
- Rectificación de áreas, linderos y medidas perimétricas.
- Delimitación o saneamiento físico del predio.
Para la independización de predio urbano, SUNARP precisa que el plano municipal de subdivisión debe estar debidamente sellado y visado, indicando área, linderos y medidas perimétricas de los predios resultantes.
¿Qué hacemos en Casqué Ingeniería?
En Casqué Ingeniería elaboramos y organizamos la documentación técnica necesaria para la Visación de Planos Catastrales.
Nuestro servicio puede incluir:
• Evaluación técnica preliminar del predio.
• Levantamiento de medidas en campo.
• Elaboración de plano de ubicación y localización.
• Elaboración de plano perimétrico.
• Elaboración de memoria descriptiva.
• Revisión de área, linderos y medidas perimétricas.
• Preparación del expediente técnico municipal.
• Subsanación de observaciones técnicas, cuando corresponda.
¿Necesitas planos visados para tu trámite municipal, registral o de servicios básicos?
En Casqué Ingeniería elaboramos planos, memoria descriptiva y documentación técnica para la Visación de Planos Catastrales ante la municipalidad correspondiente.

* Preguntas Frecuentes *
1. ¿Qué es exactamente la Visación de Planos?
La Visación de Planos es la validación técnica que realiza la municipalidad sobre los planos de un predio, verificando su ubicación, área, linderos, medidas perimétricas y compatibilidad con la información catastral y normativa municipal vigente.
Una vez conformes, los planos reciben sello y firma municipal, lo que permite utilizarlos en trámites municipales, registrales, judiciales o de servicios básicos, según corresponda.
2. ¿Por qué el servicio de agua o luz me pide planos visados?
Las empresas prestadoras de servicios básicos, como agua, desagüe o electricidad, pueden solicitar planos visados para verificar la ubicación e identificación técnica del predio.
Estos documentos permiten sustentar que el lote cuenta con una delimitación revisada o validada por la municipalidad y que su ubicación puede ser evaluada para la instalación o regularización del servicio solicitado.
El plazo puede variar según la municipalidad, la carga administrativa y la complejidad del predio.
En la municipalidad, el procedimiento puede tomar aproximadamente entre 15 a 30 días hábiles, aproximado.
3. ¿Cuánto tiempo demora el proceso de Visación de Planos Catastrales?
En Casqué Ingeniería, el tiempo previo para la elaboración del expediente técnico, planos, memoria descriptiva y firmas profesionales suele tomar entre 1 a 2 semanas, dependiendo del área, ubicación y características del predio.
4. ¿La Visación de Planos es lo mismo que el Título de Propiedad?
No. La Visación de Planos no es un título de propiedad.
La visación es una validación técnica de la ubicación, área, linderos y medidas del predio. Sin embargo, puede ser un requisito importante para iniciar o sustentar trámites orientados a la inscripción, regularización o saneamiento del inmueble, como inmatriculación, prescripción adquisitiva, rectificación de áreas o delimitación de linderos.
5. ¿Qué es la Visación de Planos para fines de Inmatriculación?
La inmatriculación, también conocida como primera inscripción de dominio, es el procedimiento mediante el cual un predio que aún no se encuentra inscrito accede por primera vez al Registro de Predios de SUNARP.
Para este tipo de trámite, los planos visados ayudan a sustentar la ubicación, área, linderos y medidas perimétricas del predio, permitiendo una mejor evaluación técnica y registral del inmueble.
Sí, en muchos casos los planos visados son necesarios para sustentar una Prescripción Adquisitiva de Dominio, ya sea por vía notarial o judicial.
6. ¿Necesito Visación de Planos para una Prescripción Adquisitiva?
Sí, en muchos casos los planos visados son necesarios para sustentar una Prescripción Adquisitiva de Dominio, ya sea por vía notarial o judicial, según lo exija la entidad correspondiente.
Estos planos permiten identificar técnicamente el área materia de posesión, sus linderos, medidas perimétricas y ubicación, ayudando a sustentar la correcta delimitación del predio dentro del procedimiento.
La visación municipal brinda respaldo técnico a la información gráfica presentada, reduciendo riesgos de observaciones por diferencias de área, ubicación o colindancias.
7. ¿Cuánto tiempo de vigencia tiene un plano visado?
La vigencia de un plano visado puede variar según la municipalidad y la finalidad del trámite.
En algunos casos, las entidades pueden solicitar planos actualizados si la visación tiene una antigüedad considerable o si la información física del predio ha cambiado. Por ello, es recomendable verificar la vigencia exigida por la entidad ante la cual se presentará el trámite.
8. ¿Quién puede elaborar los planos para visación?
Los planos para visación deben ser elaborados y firmados por profesionales competentes, como ingenieros civiles o arquitectos colegiados y habilitados, según el tipo de trámite y los requisitos de la municipalidad correspondiente.
En determinados procedimientos registrales o según la condición catastral del predio, puede requerirse la intervención de un verificador catastral o profesional autorizado, conforme a lo exigido por la entidad competente.
Anexos y Recursos Adicional
Para profundizar en el marco legal y los requisitos técnicos de la visación de planos, compartimos los documentos y normativas oficiales que regulan este procedimiento:
- 📄 Resolución N.° 097-2013-SUNARP/SN: Reglamento de Inscripciones del Registro de Predios de la SUNARP. Norma fundamental que establece los criterios registrales para la inscripción de predios.
- 📄 Publicación en El Peruano – Res. 097-2013-SUNARP/SN: Enlace alternativo al diario oficial para revisar el cuadernillo de aprobación de dicha norma.
- 📋 Directiva N.° 003-2014-SUNARP/SN: Disposición que precisa detalladamente qué actos inscribibles en el Registro de Predios requieren obligatoriamente el informe previo del área de Catastro.
- 🏛️ Ley N.° 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades: Ley marco que regula las competencias y facultades de los gobiernos locales respecto a la organización del espacio físico, otorgamiento de licencias y la visación de planos en su jurisdicción


